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Aunque reconocer que se dio un mal paso, puede no considerarse suficiente razón para exonerar al infractor de la adopción de alguna medida, tampoco es legítimo machacar a quien, consciente de su error, se propone recapacitar y emprende el largo y muchas veces embarazoso camino para legalizar un documento...

Así hace pensar el caso de Belkis Lasserra Sánchez, vecina de calle 5 Oeste No. 1256, entre 1 y 2 Sur, quien en 2014 comenzó a ejecutar una ampliación en el segundo nivel de su vivienda, sin el permiso correspondiente al iniciar la obra.

Según dice en su carta, acompañada de varios documentos oficiales que explican y validan sus palabras, el 5 de mayo de 2015 se presentó en su casa un empleado de la Dirección municipal de Planificación Física. Y cuenta todo lo que sucedió después:

“Quien atendió al funcionario fue mi yerno (Yosbel Fonseca Hernández), a quien le solicitan los papeles de la construcción, y como en realidad no los tenía en ese momento, lo penalizan con una multa de 200 pesos. Inmediatamente fui a la oficina de multas, realicé el pago de la misma y coloqué, como también indicó el funcionario, un cartel de paralización de la obra.

“Al día siguiente concurro a la oficina de trámites para iniciar la legalización. Solicito el certifico de no existencia de objeción para la actualización de la propiedad de la vivienda, documento que me entregan unos 20 días después y en el cual, además, se expresa que no existen violaciones de las regulaciones urbanísticas.

Pero justo un día antes de recibir ese pliego, una inspectora de la misma entidad (Planificación Física municipal) le impone al yerno de Belkis, otra multa (esta vez de 400 pesos) con el único argumento de que era lo establecido, aunque luego la retiran sin explicación alguna. De la misma manera que sucedió, casi un mes después, con la primera sanción aplicada.

Aunque no lo expresa en su carta, uno de los documentos que la acompañan, firmado por el entonces director municipal de Planificación Física, deja canceladas las penalizaciones y bien claro que la propietaria de la vivienda es Belkis, no Yosbel, y que en aquel momento se debió ordenar la demolición, pero no se hizo.

Después de los malos ratos, Belkis continúa sus trámites. Va a la oficina del arquitecto de la comunidad para el dictamen, que lo recibe a mediados de julio, lo presenta en la entidad correspondiente y, un mes y cinco días más tarde, tiene en sus manos el aval de descripción, tasación, y medidas y linderos.

No terminó ahí. Con todos los escritos en regla va el día 19 de noviembre nuevamente a la oficina de trámites y en presencia de la abogada de Vivienda, hace entrega de los mismos. Y de nuevo a esperar el resultado. No demoró mucho, pues a los seis días un funcionario de vivienda le notifica que debe volver a Planificación Física a subsanar los errores en la documentación.

Un nuevo viaje en el mes de noviembre a la oficina de trámites para obtener otro certifico con los deslices enmendados, pero raramente fechado cuatro meses antes, un domingo 26 de julio, por demás.

A la semana siguiente vuelve ella a PFM a recoger el dictamen de tasación y medidas y linderos, suponiendo que ya estaba subsanado ese otro error, sin embargo “la directora municipal me informa que el director provincial le indicó que debía paralizar los trámites de la actualización, de mi propiedad, orientación que fue cumplida de inmediato”.

A pesar de todos los sinsabores, de estar en proceso la legalización y la obra paralizada, casi inmediatamente después de informarle esa decisión le imponen a Belkis par de multas más, por un valor conjunto de 600 pesos y con menos de una semana de diferencia entre una y otra por no demoler lo que había construido..

Se queja Belkis en su misiva por “peloteo” y maltrato, y afirma: “Solicité una entrevista al director provincial de Planificación Física el 14 de diciembre del año pasado y fui remitida a la oficina de atención a la población de esa entidad donde, no obstante, formulé mi queja e interés de ser atendida por la máxima autoridad de esa entidad estatal, tras lo cual aseguraron me la darían en un término de 30 a 60 días. Y así se fue un año de gestiones, peloteos y mal servicio.

Casi dos meses de espera para un despacho, y la respuesta fue que “el director no me podía atender hasta que no tuviera la decisión de mi caso... Y el día 23 de febrero, finalmente me dan la respuesta del director: No puedes actualizar la propiedad hasta que no demuelas lo ejecutado.

Es un capricho, considera Belkis, de lo contrario, ¿cómo es posible que se me impida actualizar la propiedad por parte del director de Planifcación Física si poseo un certifico de la dirección municipal de esa misma entidad, donde expresan que no hay objeciones para la actualización del título de propiedad de la vivienda ni violaciones de las regulaciones urbanísticas?

Conozco que la Resolución 342 del INV regula y condiciona las vías para legalizar la propiedad de la vivienda aun cuando la construcción sea ilegal

¿Acaso no valen las gestiones y los trámites que realicé, o necesariamente hay que demoler? ¿No se puede tener en cuenta que trataba de subsanar un error que cometí en algún momento?