1seguridad social CubaEn Cuba, alrededor de 2 millones de personas tienen ya más de 60 años. Datos del último Censo de Población y Viviendas, pronostican que en el 2025, nuestra población será la más envejecida de América Latina.

El envejecimiento poblacional es resultado de un aumento de la esperanza de vida al nacer y una disminución de la tasa global de fecundidad, aspectos que en el caso de Cuba, al compararlo con países desarrollados, demuestran un logro significativo en el orden social. Sin embargo implica retos en el orden demográfico, económico y social.

Se prevé que, en el 2021, por ejemplo, existirá un desequilibrio entre la cantidad de personas que se jubilan y aquellas que deben incorporarse a la vida laboral activa. Para enfrentar esa situación demográfica se han adoptado un conjunto de medidas que se aplican paulatinamente.

SEGURIDAD SOCIAL EN CUBA

Desde el triunfo de la Revolución, el Estado garantiza la protección a todos los ciudadanos mediante el Sistema de Seguridad Social. Este comprende un régimen general, regímenes especiales y un régimen de Asistencia Social.

Según explica a Granma Internacional, Haydee Franco Leal, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), «este último régimen protege a los ancianos sin recursos ni amparo. Además, a todas aquellas personas que no están aptas para trabajar, presentan insuficiencia de ingresos para solventar las necesidades más perentorias y carecen de familiares en condiciones de prestarle ayuda. En estas situaciones, el Estado interviene con prestaciones que pueden ser monetarias, en servicios o en especies».

«El régimen general, está dirigido a la protección de los trabajadores en los casos de enfermedad o accidente de origen común o profesional, maternidad, invalidez, vejez y en caso de muerte, y a sus familiares», agrega Haydee Franco.

REGÍMENES ESPECIALES

Los regímenes especiales protegen a las personas que realizan actividades cuya naturaleza, o la índole de sus procesos productivos o de servicios, requieren adecuar la Seguridad Social a sus condiciones específicas.

«En Cuba, estos regímenes especiales se han extendido a partir de la actualización del modelo económico y social. Hoy, unos pertenecen al sector estatal, entre los cuales figuran los que protegen a los militares de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y a los combatientes del Ministerio del Interior. Otros del sector no estatalincluyen a los trabajadores por cuenta propia, los usufructuarios de tierra, los miembros de las cooperativas de producción agropecuarias, las no agropecuarias y el régimen de los artistas y creadores», explica la Subdirectora General del Instituto Nacional de Seguridad Social.

Fue a finales del año 2008, y ante la dinámica demográfica de la población cubana, que se modificó la Ley No. 24 de Seguridad Social, vigente en el país desde 1980.

La medida resultó impostergable, por la disminución de los arribantes a la edad laboral y un creciente impacto en la disponibilidad de los recursos humanos. Por ello, se aprobó la Ley No. 105, de Seguridad Social, que entró en vigor en el año 2009.

NOVEDADES DE LA LEY NO.105

Esta norma incrementó en cinco años, la edad y el tiempo de servicios de los trabajadores para acceder a la pensión por edad. En el caso de las mujeres, se jubilan ahora a los 60 años, y los hombres a los 65. En ambos casos, deben acreditar 30 años de servicios.

Adoptar estas medidas incrementó el número de personas en el empleo y aplazó el problema de la disminución de la fuerza laboral, que afectaría al país en el año 2015.

A su vez estimuló la permanencia en el empleo de las personas al extender el periodo de selección para el cálculo de las pensiones.

«De los últimos 15 años de trabajo, se seleccionan los cinco de mejores salarios para determinar la base de cálculo de las pensiones. A los primeros 30 años de servicio se le aplica el 60 por ciento y a partir de ahí, se aplica un incremento del 2 por ciento a cada año que exceda esos 30 hasta llegar al 90 por ciento, que es el límite máximo que puede percibir un trabajador por concepto de pensión en el país», explica Haydee Franco.

Otro de los cambios que se generan con la Ley No.105, están relacionados con la pensión por invalidez total. A diferencia de la antigua Ley, hoy el trabajador cubano que sufra un accidente o se incapacite, con independencia del tiempo trabajado, solo debe estar vinculado laboralmente para recibir este derecho.

«De igual manera, una persona que se jubile, tiene derecho a reincorporarse a trabajar y simultanear salario y pensión, con similares derechos al resto de los trabajadores», explica.

«Otra de las novedades que podemos encontrar está relacionada con la protección al viudo. Antes solo se protegían a las viudas. Ahora se extiende este beneficio también a los hombres, por lo que toda persona mayor de 65 años o incapacitado que dependía del cónyuge que falleció, tiene derecho a pensión y puede simultanearla con la que venía devengando por edad», significa la subdirectora general del INSS.

También hay cambios en el caso de los huérfanos. Si la situación incluye a ambos padres, se mantienen las pensiones hasta que el hijo concluya sus estudios. Si es el caso de un solo padre, previo a un análisis del núcleo familiar, puede aprobarse y mantenerse la pensión hasta que el joven concluya sus estudios.

BENEFICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Para Cuba la dinámica demográfica es hoy un gran reto. La tendencia es que decrezcan las personas laboralmente activas y que sean más las que superan los 60 años, una situación que implica más gastos sociales y menos manos para producir riquezas materiales y espirituales.

El presupuesto de la seguridad social asciende hoy a 6 mil millones de pesos ysegún lo proyectado para el año 2030, esta cifra se duplicará. El Estado erogará una mayor cantidad de dinero para gastos de la Seguridad Social en aras de garantizar la protección de sus ciudadanos.

Las medidas que se desarrollan para atender la dinámica demográfica de la población cubana tienen tres objetivos fundamentales:

«El primero tiene que ver con estimular la fecundidad y lograr el acercamiento al remplazo poblacional en una perspectiva mediata. El segundo con atender las necesidades de la creciente población de 60 años y más, así como fomentar su participación en la vida económica, política y social del país. Y el tercero busca estimular el empleo mayoritario de todas las personas aptas para trabajar», agrega la funcionaria del INSS.

Hoy debemos pensar en el envejecimiento poblacional como un logro de la sociedad cubana y apostar por el incremento de la eficiencia y la productividad para avanzar hacia una sociedad mejor.

Tomado de Granma

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