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no violencia mujer

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 35 por ciento de las mujeres del mundo han sufrido violencia física y/o sexual en algún momento de su vida por parte de su pareja u otra persona.

Sin embargo, refieren también los informes, menos del 40 por ciento de las víctimas buscan algún tipo de ayuda.

 

Las razones: dependencia emocional y económica, vergüenza por temor a ser condenada por la sociedad, miedo, y el falso pero extendido pensamiento de que la mujer debe soportar lo que sea.

 

De esa realidad no escapa Cuba, a pesar de los esfuerzos de la Revolución por la emancipación femenina. De ahí que luchar contra la violencia es esencial, para así visibilizar la diversidad de manifestaciones y grupos que la padecen.

 

Mujeres y niñas víctimas de violencia pueden presentar traumas físicos y psicológicos, y en la mayoría de los casos tienen un alto riesgo de volver a ser objeto de abusos, sobre todo aquellas que no lo revelan, en silencio cómplice con otras personas que a veces conocen la situación.

 

 

De ahí que conocer e identificar las formas de violencia económica, psicológica, simbólica, institucional, estructural y física, es fundamental para denunciarlas, y en ese orden, combatirlas.

 

A lo largo del archipiélago cubano, hay alternativas para revelar a los agresores, ya sea formulando la acusación en la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), al órgano de Justicia, en el Tribunal, o en la Fiscalía General de la República.

 

Con esta última institución, la Federación de Mujeres Cubanas (FMC) mantiene estrechas y positivas relaciones de trabajo. En el Departamento de protección a la familia, y de atención al ciudadano, se puede notificar o reclamar cuando se ha transgredido los derechos de la mujer, y desde la legalidad, se brinda asesoramiento.

 

Si bien Cuba no dispone de una ley especial sobre la protección de las mujeres víctimas, asegura Carmen Sugranyes Ramos, Fiscal provincial para atender asuntos de familia y de menores de edad, el amparo legislativo está inserto en el artículo 27 de la Constitución de la República, que establece que “… el Estado protege a la familia, al matrimonio, a las relaciones paterno filiales”.

 

También resguarda a la mujer el Código de familia -con más de 30 años de su promulgación- y el Código Penal, que establece los delitos en los que puede incurrir quien lesione a cualquier persona.

 

Pero también la FMC lidera una vía que brinda ayuda a la agredida: la Casa de Orientación a la Mujer y la Familia. Allí, profesionales de Psicología y Medicina, ofrecen, atención especializada de manera voluntaria.

 

No obstante, por su extensión y gravedad, así como el modo sistemático y sostenido en que se ejerce la violencia, deben convenirse legislaciones que sancionen los delitos vinculados a este fenómeno, pues quedan intersticios en el marco jurídico- normativo para ofrecer amparo y seguridad a las sobrevivientes de violencia de género.

 

Se requiere, además, ofrecer un tratamiento específico a aquellas damnificadas que precisan dejar sus hogares para no seguir siendo dañadas, y no tienen a dónde ir.

Pendiente, la incorporación al Código Penal del delito de malos tratos para evitar la impunidad de los agresores, así como diseñar una ley que sancione el feminicidio, problema latente en el escenario cubano.

 

Más allá de cuestiones jurídicas o de garantías a las víctimas, se necesita de un arduo trabajo que concientice a los ciudadanos de la necesidad de eliminar todo tipo de manifestaciones de violencia, en tanto las instituciones responsables deben dar seguimiento a los casos.

 

Se trata, en definitiva, de un esfuerzo mancomunado que demanda, más que atacarla, prevenir esta grave problemática social que afecta la convivencia. Se trata de que mujeres y hombres aprendan a coexistir en un ambiente libre de violencia.