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La energía solar fotovoltaica gana terreno en el país como una alternativa eficiente y sostenible. Si estás pensando instalar paneles solares en tu vivienda o en un centro vital, tenga en cuenta los siguientes requisitos y procedimientos establecidos por la normativa vigente.

Para personas naturales (viviendas particulares)

Permiso necesario: Autorizo de Construcción, según el Decreto-Ley 322/2014, con un costo de 68.00 pesos.

¿Dónde es obligatorio?

  • En zonas urbanas resulta obligatorio contar con este permiso.
  • En viviendas rurales aisladas no es exigible, aunque se recomienda asesorarse adecuadamente.

Cómo solicitar: Se debe presentar un proyecto técnico o croquis acotado, elaborado por una entidad facultada. Es imprescindible incluir la certificación de resistencia estructural que acredite que la placa o techo soporta el peso del sistema.

Recomendaciones importantes:

  • El diseño debe integrarse a la imagen urbana para no afectar la estética del barrio.
  • Se debe garantizar una orientación e inclinación óptimas que favorezcan la captación solar.

Casos especiales

  • Edificios multifamiliares: Se requiere la aprobación de la Junta de Vecinos (Resolución 4/1991). Cada caso se evalúa según el sistema constructivo del inmueble, pudiendo instalarse en cubiertas, fachadas o patios de servicio.
  • Centros históricos o edificios patrimoniales: Es obligatorio consultar con la Dirección de Patrimonio del territorio, asegurando que el diseño respete los valores arquitectónicos del inmueble.
  • Protección contra vandalismo: Deben preverse medidas de seguridad para resguardar los paneles.

Requisitos técnicos (por la seguridad de todos)

Para garantizar una instalación segura y confiable, el sistema debe contar con:

  • Anclaje resistente a fuertes vientos, conforme a la norma cubana.
  • Protecciones eléctricas contra sobrecargas.
  • Puesta a tierra para evitar daños por descargas atmosféricas.
  • Desconectivo general.

Para centros vitales

En el caso de centros vitales como escuelas, hospitales, hogares de ancianos o instalaciones de comunicación, el inversionista de cada entidad deberá solicitar el Autorizo de Obra en la oficina correspondiente.

Fuente: Página de Facebook de la Delegación provincial de Ordenamiento y Urbanismo en Guantánamo.

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