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Enfrentar las indisciplinas y el descontrol en materia de precios y tarifas, e incrementar la exigencia y el rigor para evitar que se generen precios abusivos y especulativos es el objetivo fundamental del Decreto 30 publicado en la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria del 29 de enero de 2021.

La norma, de aplicación para las personas naturales relacionadas con la comercialización de bienes y servicios, de forma mayorista o minorista, define cuáles son los precios abusivos y especulativos, establece las cuantías a pagar ante cada infracción, y determina las autoridades facultadas para imponer las sanciones.

Para ahondar en el tema, directivos del Ministerio de Finanzas y Precios comparecieron en la Mesa Redonda.

Viceministra de Finanzas y Precios: Resulta imprescindible controlar los precios y tarifas

La viceministra de Finanzas y Precios, Lourdes Rodríguez Ruiz, explicó que el Decreto 30 fortalece el rigor del enfrentamiento a las indisciplinas e ilegalidades que se manifiesten en materia de precios y tarifas, un aspecto que consolida los objetivos principales que en materia de precio están previstos en la Tarea Ordenamiento. 

En el proceso de unificación monetaria y cambiaria hay un conjunto de transformaciones diseñadas para cumplirse de manera integral. “No podemos desconocer que esta transformación que ocurrió en los ingresos de la población vía salario, pensiones y jubilaciones es también un aspecto que tiene relación con las erogaciones que hace la población a partir de los precios y tarifas establecidos en el comercio minorista, ya sea en los actores estatales y no estatales”.

En esas transformaciones, aseguró Rodríguez Ruiz, existe una vigilancia de máximo interés en el cumplimiento de los precios previstos para la Tarea Ordenamiento, algunos de ellos quedaron centralizados, “definidos por la dirección central del país”.

La vicetitular dijo que en este contexto resulta imprescindible controlar los precios y tarifas de ese otro grupo de productos y servicios cuyos precios están descentralizados. 

“En materia de cumplimiento de la Tarea Ordenamiento siempre tendríamos que lograr que el cumplimiento de los precios aprobados centralmente y aquellos aprobados de acuerdo a las facultades de los diferentes niveles, tengan para los precios mayoristas y minoristas un régimen de control”, argumentó.

“Un control que, en primer lugar, vaya por el control que ejercen las propias administraciones del Estado o trabajadores por cuenta propia y cooperativas”.

Rodríguez Ruiz reiteró que el nuevo decreto surge con el objetivo de elevar el rigor en la exigencia del control de los precios y tarifas previstos, “en un momento en que la Tarea Ordenamiento debía respaldar un determinado nivel de precio que ayudara a elevar progresivamente el nivel de vida de la población, según la disponibilidad de mercancía, y acompañara a que la canasta de consumo se fuera recomponiendo en el interés de los consumidores, acorde a las disponibilidades”.

De manera también, prosiguió, que no queden perjudicados los consumidores por los precios diseñados en la Tarea Ordenamiento, que actualiza los costos de producciones, pero que tiene también una contención en función de impulsar la eficiencia de las producciones y servicios.

En este Decreto no sólo se exige el cumplimiento de las tarifas y precios minoristas, sino también de los mayoristas, teniendo en cuenta que los minoristas son una expresión de continuidad de los mayoristas en la mayoría de los productos.

La viceministra recalcó que es una norma que actúa en las mismas condiciones sobre todos los actores económicos, estatales y no estatales, y en materia de precios mayoristas y minoristas.

En el Decreto 227, anteriormente aplicado por el Ministerio de Finanzas y Precios y otros organismos, se abarcaban también estos mismos sectores, “pero las cuantías estaban totalmente desfasadas con respecto a la realidad”, sobre todo con respecto a las ilegalidades, “donde terminaba la multa en el propio consumidor”, comentó la vicetitular.

Manifestó que uno de los aspectos necesarios era hacer acompañar la multa de medidas administrativas, “donde se viera la exigencia administrativa al vendedor o comercializador que incumple y además a la administración por el dejar de hacer”.

Esto se refleja en el nuevo decreto con mayores cuantías de multas y una mayor severidad en las medidas administrativas exigibles. “Con respecto a los precios especulativos y abusivos, está diseñado para actuar con el decomiso de los bienes y el trámite de procesos penales cuando no se paguen las multas. Medidas que refuerzan el rigor al administrador o vendedor y sus niveles superiores por la falta de exigencia”, resaltó.