Los bancos Popular de Ahorro, de Crédito y Comercio y Metropolitano S.A. podrán otorgar créditos al consumo a las personas naturales para la compra de bienes del hogar y efectos personales, refiere la Resolución 276 de 2021 del Banco Central de Cuba, publicada en la Gaceta Oficial No. 115 Ordinaria.

La resolución especifica que para tener acceso a los créditos es imprescindible demostrar la licitud de los ingresos personales y poseer al menos una cuenta bancaria en un banco donde acreditar el importe, en caso de ser aprobado.

El finacimiento, se otorgará en pesos cubanos con un importe mínimo a financiar de 5 000 pesos cubanos para su ejecución en el mercado minorista, y el importe y el plazo de la amortización del crédito será el que resulte del análisis de riesgo que realicen los bancos a partir de la capacidad de pago del solicitante, las características del bien a financiar, vida útil y las garantías que se ofrezcan.

Finalmente, luego de validar el crédito, este será puesto a disposición del deudor mediante tarjetas magnéticas u otro instrumento de pago establecido en la legislación vigente, distinto al dinero en efectivo.

Descargue aquí: la Gaceta Oficial No. 115 Ordinaria del 15 de octubre de 2021

Tomado de Granma

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