Este miércoles 13 de mayo de 2026 entraron en vigor la Ley 179 Del Sistema Deportivo Cubano y sus disposiciones normativas complementarias, publicadas en la Gaceta Oficial Número 3 Ordinaria del pasado 13 de enero.
Primera de su tipo en el país, la Ley fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 18 de julio de 2025, con el propósito de fortalecer institucional y jurídicamente el Sistema Deportivo Cubano (SDC).
Constituye una garantía legal para el desarrollo y ejercicio efectivo de los derechos a la educación física, al deporte y a la recreación física, reconocidos en el artículo 74 de la Constitución de la República.
Como se informó entonces, su proceso de elaboración sumó a una amplia representación de sus sujetos destinatarios, incluidos organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones de masas y sociales, asociaciones deportivas y universidades.
También fueron escuchados atletas, personal técnico deportivo, árbitros, jueces, glorias y personalidades del deporte, voluntarios, actores económicos, y la población en sentido general, confirmando su carácter democrático y transparente.
La Ley tiene por objeto establecer y regular los fundamentos, ámbitos, objetivos, principios y componentes del SDC, además de su organización y funcionamiento.
Como parte de un contenido que le convierte en moderna, inclusiva, robusta y transparente, reconoce y garantiza los derechos específicos a todos los participantes del SDC, y el rol que pueden asumir los actores económicos y sociales en el desarrollo de sus actividades.
Es garante de los derechos y deberes de los sujetos participantes en el SDC, y rescata y confirma las experiencias históricas del deporte cubano, armonizadas con las mejores prácticas y experiencias internacionales.Ofrece cauces jurídicos para una actuación necesaria y deseable en el propósito de continuar consolidando una de las conquistas más genuinas e identitarias de la Revolución cubana, que hizo del deporte un derecho del pueblo.
A partir de la entrada en vigor de la Ley y sus disposiciones normativas complementarias, toda iniciativa que se proponga en el ámbito de la educación física, el deporte, la actividad física y la recreación física en nuestro país deberá cumplir lo dispuesto en ellos.
Enlace desde donde descargar la Gaceta Oficial: #https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-3-ordinaria-de-2026#
Tomado de JIT