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¿Quién se encarga de llevar a cabo el referendo?

Según el artículo 211 de la Ley Electoral vigente, el Consejo Nacional Electoral (CEN) es la entidad encargada de organizar, dirigir y supervisar este proceso que incluye, entre otras actividades, el completamiento y la capacitación de las estructuras electorales a todos los niveles, así como de los integrantes de los grupos auxiliares para el procesamiento de la información, entre ellos supervisores y colaboradores.

Más de 39 mil jóvenes de todo el país votarán por primera vez.

¿Qué se preguntará en la boleta?

¿Está usted de acuerdo con el Código de las Familias?

¿Qué importancia tiene el referendo si el texto del Código de las Familias ya fue aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular?

Tiene mucha importancia porque la Ley Electoral establece que en el referendo legislativo los ciudadanos expresan si ratifican, aprueban, modifican o derogan determinada disposición jurídica.

¿Quiénes pueden ejercer el derecho al voto?         

Los ciudadanos cubanos, incluidos los miembros de las instituciones armadas, que hayan cumplido los 16 años de edad y se encuentren en pleno goce de sus derechos políticos y civiles. Deberán tener, además, residencia efectiva en el país por un período no menor de dos años antes de las votaciones y estar inscrito en el Registro Electoral.

¿Qué pasa con los cubanos en el exterior?

El voto en el exterior es el domingo 18 de septiembre, pero solo para los trabajadores de las representaciones diplomáticas y los colaboradores cubanos. Los nacionales que residan fuera y deseen ejercer el sufragio deberán viajar al país y acudir a los colegios electorales.

¿Cuándo se conocerá el resultado de la votación?

El Código de las Familias se considerará aprobado su recibe más del 50% de los votos válidos depositados en las urnas. El informe final con el resultado del referendo se entregará a la ANPP el 30 de septiembre.

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