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Evelio Silvestre Rodríguez se la “jugó a los potros dorados” y perdió, como también perderán, quienes apuestan a “vivir” del robo de animales, su sacrificio ilegal y la venta de sus carnes a receptadores que, además de incurrir en acciones punibles, se arriesgan a contraer enfermedades por consumirlas sin el aval de las autoridades sanitarias.

Evelio es un ciudadano de 57 años de edad, vecino de Argeo Martínez que practica el deambular nocturno y es considerado como individuo de mala conducta social y moral, de acuerdo con la referencia de la sentencia 106 de 2014, que contra él dictó el Tribunal Provincial Popular de Guantánamo.

Se trata de la causa 67 del propio año, que se le siguió por Hurto y sacrificio de ganado mayor de carácter continuado, delito que ya había cometido en el 2005 en La Habana, donde los administradores de justicia le impusieron dos años de privación de libertad.

Los antecedentes penales y la amarga experiencia penitenciaria no sirvieron de escarmiento. El 7 de agosto de 2013 volvió al “oficio” y alrededor de las ocho de la noche llegó a la casa de Leonardo Matos Rodríguez, en la Clotilde, Jamaica, municipio de Manuel Tames, y de una corraleta se llevó un potro dorado valorado en mil 200 pesos.

El cuatrero subió a la grupa del animal y lo llevó a un cañaveral en La Deseada, en Casimba Bajo, donde le dio muerte y se apoderó de las carnes, las que al día siguiente vendió a Maikel Greem Quintána, a la postre multado por receptador.

El 11 de octubre del propio año, entre las tres y las cuatro de la madrugada, merodeaba por Los Caguairanes, término también de Argeo Martínez, cuando vio a orillas del camino otro potro dorado, apreciado en dos mil pesos y propiedad de Andrés Tavera Aguilera.

Lo enlazó y trasladó hasta una cerca en las proximidades, tras lo cual lo acuchilló, llevando las carnes para su casa, donde en registro policial posterior se encontraron objetos vinculados al sacrificio ilegal del noble y dorado bruto.

A dictar sentencia, el Tribunal Provincial Popular tuvo muy en cuenta la extrema peligrosidad social del hecho, la posible connotación epidemiológica de la venta a la población de carnes no certificadas por las autoridades sanitarias, los antecedentes del acusado, la prevalencia de este delito en el territorio, y las afectaciones económicas a las economías de propietarios y el Estado.

En consecuencia, condenó al ciudadano Evelio Silvestre Rodríguez, a cuatro años por el delito de Hurto continuado, otros siete por Sacrificio ilegal de ganado mayor y como sanción conjunta y única a 8 Años de prisión.