El próximo 31 de marzo, vence el plazo legal para presentar la Declaración Jurada del Impuesto sobre utilidades, establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario. De un total de 788 contribuyentes solo la mitad ha declarado hasta la fecha.
Están obligadas al tributo las empresas estatales de subordinación nacional, provincial y municipal; las cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA), las cooperativas de Créditos y servicios (CCS) y las unidades básicas de producción cooperativa (UBPC).
También las cooperativas no agropecuarias; las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las extranjeras y empresas mixtas, así como las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), y los proyectos de desarrollo local.
Se pueden utilizar las plataformas de pago electrónicos con un descuento del 3% del importe a pagar para los contribuyentes, este descuento se aplica automáticamente.

La ONAT, al detectar incumplimientos de deberes formales aplica sanciones. Presentar la declaración jurada fuera de tiempo se clasifica como una infracción muy grave y la penalización puede ascender hasta los 28 mil pesos.
Los tributos son ingresos al Presupuesto del Estado y respaldan los objetivos y metas consideradas en el Plan de la Economía y priorizan la satisfacción de los servicios básicos de la población, asegurando la continuidad de políticas económicas y sociales.




