
La Delegación provincial de Ordenamiento Territorial y Urbanismo en Guantánamo, llamó a la población a cumplir la actualización de los títulos de propiedad de sus inmuebles, y advierte sobre la proximidad de expiración de la Resolución 59 que establecía en cinco años (ya transcurrieron cuatro) el plazo de legitimación de las propiedades.
La nota alerta que hasta la fecha no hay atisbos de prorrogar la Resolución, instrumento jurídico habilitado para que los propietarios de viviendas inscriban o actualicen la descripción legal de sus inmuebles, ajustándola a las modificaciones constructivas realizadas sin el debido respaldo legal.
La Resolución 59, junto a las 58 y 60, todas del año 2020, fue concebida para dar respuesta a una necesidad recurrente de la población: la posibilidad de legalizar ampliaciones, divisiones, unificaciones o rehabilitaciones de viviendas ejecutadas al margen de las formalidades establecidas.
Antes de su entrada en vigor, no existía una vía administrativa que permitiera subsanar estas discrepancias entre la realidad física del inmueble y lo reflejado en el título de propiedad.
Para la actualización, los interesados (propietarios o copropietarios) deben acudir a las oficinas de la Dirección provincial de Vivienda o a los puntos de atención habilitados en los Consejos Populares, donde presentarán:
- Título de propiedad original y fotocopia.
- En casos de sucesión hereditaria: declaratoria de herederos, certificación de defunción y acto de última voluntad.
- En caso de representación por impedimento del titular: poder notarial debidamente acreditado.
Una vez solicitado el trámite, se procede a la emisión de una certificación catastral —con un costo de 50 pesos en zonas catastradas como la ciudad de Guantánamo— o un dictamen técnico, según corresponda. Posteriormente, el Departamento Jurídico emite la resolución de actualización, documento que, junto a la certificación, faculta al propietario para acudir al registro de la vivienda.
Como parte de las facilidades implementadas, mediante convenio establecido entre la Delegación provincial de Ordenamiento Territorial y Bufetes Colectivos, la población puede optar por la representación de abogados, estos profesionales pueden gestionar el trámite en nombre del interesado, con la ventaja de que los plazos de atención se reducen considerablemente.
Una vez concluido diciembre, la Resolución 59 perderá su vigencia y no será posible continuar procesando solicitudes al amparo de la misma, a menos que surja una nueva disposición legal que las autoridades competentes no han confirmado hasta el momento.