Base naval de guantanamoA inicios de 1898 el gobierno de Estados Unidos estaba convencido de que España había perdido la guerra en Cuba, ante el empuje indetenible del Ejército Libertador decidieron que era el momento de arrebatar a España sus últimas posesiones en América, para lograr sus anhelados sueños expansionistas y así apoderarse de Cuba, Puerto Rico y Filipinas, pero era necesario buscar un pretexto.

El 25 de enero de ese propio año había llegado a La Habana con la excusa de realizar una visita de “buena voluntad” destinada a la protección de vidas y haciendas norteamericanas, el acorazado Maine, quizás el mayor buque de guerra que había atracado en esa bahía, tres semanas después el 15 de febrero, se produce la voladura y hundimiento del buque que costó la vida a 26 oficiales y 264 marineros norteamericanos.

El Primero de enero de 1899 se arriaba en el morro de La Habana la bandera cubana y se izaba la estadounidense; la soberanía de Cuba pasó de manos de la corona española a los Estados Unidos de América estableciendo el primer gobierno de ocupación, y a partir de ese momento y hasta el 20 de mayo de 1902 nuestro país fue gobernado mediante órdenes militares del gobierno interventor, quedando la vía expedita para convertir a la otrora colonia de España en una neocolonia de los EE.UU.

En 1901 fue elegida la Asamblea Constituyente encargada de elaborar una constitución para el pueblo de Cuba, en la que debían quedar definidas con claridad cómo iban a ser las relaciones de Cuba y los EE.UU.

EL 12 de junio de ese año ante las presiones norteamericanas se aprobó agregar a la Constitución el texto de la enmienda. Finalmente se impuso la infamia, por la fuerza, ante la disyuntiva de tener república con soberanía limitada o continuar siendo un país ocupado militarmente por fuerzas extranjeras. Con el mandato de la Enmienda Platt el imperialismo se adjudicó el derecho a intervenir no solo en los asuntos internos de Cuba, sino a hacerlo militarmente cuando lo consideraran oportuno.

En cumplimiento del apéndice constitucional el 16 de febrero de 1903, el presidente Estrada Palma firmó el tratado con los Estados Unidos para el arrendamiento de bases navales y militares, con el objetivo de situar en Cuba estaciones carboneras y navales en Guantánamo y Bahía Honda, una semana después lo firmó el presidente norteamericano Theodore T. Roosevelt y así se legalizó el atraco.

El 10 de diciembre de 1903, con una sencilla ceremonia militar a bordo del acorazado Kearsage, buque insignia de la armada norteamericana, tomaron posesión de los terrenos para establecer allí su estación naval que ocupa un área de 117, 6 km² de los cuales 49, 4 son de tierra firme y el resto de pantanos y agua. Se consumaban así los temores del patriota Manuel Sanguily quien años atrás y desde la emigración le expresó a su amigo Enrique Trujillo: ¡Han visto a Guantánamo. Jamás renunciarán a poseerla!

El interés de esa nación en establecer una base en Guantánamo tenía un sentido particularmente estratégico, no solo por la posición geográfica de la isla, que le permitía controlar la ruta marítima desde y hasta el canal de Panamá, sino por sus 5,2 km de longitud, 5 muelles, 22 playas, capacidad para 42 buques, y los 60 metros de profundidad de esta bahía, todo ello les garantizaba un predominio militar en el área y en el centro sur de América.

¿Por qué es ilegal la ocupación?

Partimos de que es un instrumento de agresión y no de defensa, ni de amistad como se invocó en su origen. En todo contrato prima el principio de voluntariedad de las partes, al no existir hay un vicio en su origen y esencia, en su otorgamiento, el consentimiento es esencial y en este caso fue arrancado mediante violencia moral irresistible e injusta, por eso afirmamos que es un tratado nulo de eficacia jurídica, no confiere derechos, no impone obligaciones, no proporciona protección, es inoperante para el derecho.

Toda relación contractual y especialmente el arrendamiento tiene carácter temporal, dicho en otras palabras tiene principio y fin y la cosa debe destinarse al propósito pactado.

Cuba tiene derecho a resolver el contrato dado el tiempo trascurrido y el nuevo destino que se le ha dado a la base (campo de concentración para detenidos y prisioneros fundamentalmente musulmanes, afganos y paquistaníes) atentatorio de los más elementales principios de soberanía y autodeterminación.

Ha desaparecido la causa de lo negociado en los tratados firmados, en los que se señala los derechos de Estados Unidos en cuanto a la utilización de las extensiones de tierra y agua, donde se expresa…. Hacer todo lo necesario para poner dichos lugares en condiciones de usarse exclusivamente como estaciones carboneras o navales y para ningún otro objeto.

De manera que nos asiste el derecho de reclamar la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus, que precisa que cuando cambian las circunstancias en que se establece un contrato la parte afectada puede pedir su resolución.

La presencia de la Base Naval constituye para nuestro país en la actualidad una herencia de la Enmienda Platt y un freno al desarrollo de la provincia. La bahía parcialmente ocupada ha sido, es y será parte inseparable del territorio nacional cubano y la devolución de esta instalación por EE.UU. será la mejor muestra de normalización de relaciones entre ambos países.

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