multas Cuba 2021Multas entre 5 mil y hasta 15 mil pesos, entre otras medidas por violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas, a partir de la puesta en marcha de la Tarea Ordenamiento, establece el Decreto 30 del Consejo de Ministros, en vigor desde su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 8, del viernes 29 de enero de 2021.

Las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos contenidos en el texto jurídico tienen el objetivo de combatir las conductas de indisciplina y descontrol en la referida materia, y aumentar el rigor y la exigencia para evitar que se generen precios abusivos y especulativos, exponen los Por Cuanto de la nueva norma.

Las sanciones se aplican a las personas naturales relacionadas con la comercialización de bienes y servicios, de forma mayorista o minorista, tanto en entidades estatales como particulares, e incluyen la imposición de multas, el decomiso, la venta forzosa, según la gravedad del hecho, y la obligación de hacer.

Precios abusivos son, según el Decreto, aquellos cuyo crecimiento esté por encima de un rango razonable, en comparación con productos similares o dentro de la misma familia, y especulativos, los fijados a productos, principalmente de primera necesidad, vinculados a operaciones de recompra o reventa para obtener ganancias, superiores a los determinados por la autoridad competente.

De 5 mil a 7 mil pesos se multará a quienes no expongan mediante tablilla, carta o menú la categoría, raciones a servir y precios y tarifas de los diferentes productos en venta o servicios en oferta, o incumplan las normas oficialmente establecidas o convenidas previamente.

De la misma cuantía, y la obligación de cumplir la norma o modificar la tarifa, es la contravención por cobrar productos a los que les falten partes o accesorios o servicios que se hayan variado con afectación a la calidad, sin haber hecho la modificación de precios correspondiente.

Por permitir o cobrar precios o tarifas superiores a los aprobados o en rangos de cantidad y calidad inferiores a lo establecido, la multa es de 8 mil a 10 mil pesos, al igual que a los que retengan, reserven, aplacen o no pongan a la venta los productos destinados a la comercialización minorista a la población.

La norma jurídica castiga, entre otros casos que afecten en precio a los clientes por violación de lo estipulado, con 12 mil y hasta 15 mil pesos de multa al que ordene no aplicar o no aplique las medidas dispuestas por la contravención.

En el Decreto 30 se especifican otras sanciones a las contravenciones de precios y tarifas mayoristas, las autoridades facultadas para imponer las sanciones y medidas para resolver los recursos, y el pago de las multas, que puede llegar hasta la denuncia para iniciar un proceso penal por impago de las mismas.

Comentarios   

+1 #1 Fernando 08-02-2021 14:54
¿Eso es incluye productos y servicios estatales y cuenta propistas como precio de transporte?
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