Yairi Fernández Castellanos, secretaria de la Comisión Electoral provincial.Más de 368 mil guantanameros están convocados a votar en el referendo por el Código de las Familias el domingo 25 de septiembre, para lo cual las autoridades electorales en la provincia culminan preparativos y someterán su estructura a una prueba dinámica este domingo 18.
El ejercicio involucra a unas nueve mil autoridades electorales en el territorio, incluidos los integrantes de las mesas en los mil 222 colegios electorales, en las 600 circunscripciones de los 10 municipios, así como grupos auxiliares para los procesos de información, transporte y demás de logística, imprescindibles para garantizar también el día 25 lo establecido por la Ley Electoral Ley No.127.
La preparación recibida por las autoridades electorales en la Ley Electoral y las Reglas complementarias, en particular en aspectos referidos a sus funciones, al sufragio y la realización del referendo, así como el llamado a los electores a aprender cómo votar y a acudir a las urnas, fueron aspectos resaltados por Yairi Fernández Castellanos, secretaria del Consejo Electoral provincial, en intercambio con Venceremos.
Más de 19 mil 500 personas de la provincia podrán ejercer por primera vez el voto en ocasión del referendo por el Código de las Familias, al tratarse de jóvenes que arriban a los 16 años y cumplen con los demás requisitos como electores, se destaca en la información ofrecida.
La prueba dinámica de este domingo 18 permitirá comprobar todos los recursos materiales y humanos preparados y previstos para el domingo 25, excepto la movilización de los electores y de los pioneros que custodiarán las urnas, seis por cada colegio electoral.
Durante el ensayo se comprobarán los planes de aseguramiento y comunicación, sus variantes, transporte, demás técnica, personal y recursos diversos como la documentación para llevar de manera práctica durante el referendo y los partes que emitirán en los diferentes horarios, así como la transparencia en cada uno de los pasos que cumplirán las autoridades electorales.
Las votaciones se iniciarán el domingo 25 a las siete de la mañana en cada colegio electoral, incluidos los dos especiales abiertos en el hospital general Doctor Agostinho Neto y la Terminal de Ómnibus, para las personas que se encuentren de tránsito, y se cerrarán a las seis de la tarde, cuando se procederá al escrutinio que es público.
Las personas que por algún impedimento no puedan ejercer personalmente el voto pueden auxiliarse de otra que no sea autoridad electoral, con la aprobación de la mesa electoral; igualmente, si no puede acudir al colegio la mesa puede llevarle la boleta para que ejerza su derecho y en sobre sellado traerla a la urna donde se deposita.
En los cubículos de votación, los electores tendrán a su disposición bolígrafo para votar, precisaron las funcionarias de la Comisión Electoral provincial.
Además de las autoridades electorales, en la provincia casi un centenar de personas participarán en el grupo auxiliar de procesos de la información, para el procesamiento y la transmisión de los datos.
Igualmente actuarán más de 80 supervisores del perfil jurídico para el cumplimiento de las normas e indicaciones y alertarán a las autoridades electorales de cada nivel acerca de cualquier dificultad que pueda presentarse en este aspecto.
Asimismo, colaborarán más de 450 estudiantes que cumplen con los requisitos electorales, en la condición de observadores del proceso, explicaron.
De la Ley Electoral
El voto es libre, igual, directo y secreto; cada elector tiene derecho a un solo voto.
Los ciudadanos cubanos con capacidad legal para ello tienen derecho a: estar inscripto en el Registro Electoral (…); ejercer el sufragio en los referendos y plebicitos que se convoquen: presenciar los escrutinios en los colegios electorales, de acuerdo con lo reglamentado por la Ley, y establecer reclamaciones que procedan legalmente.
Para ejercer el sufragio activo (votar)
Haber cumplido 16 años de edad, encontrarse en capacidad de ejercer los derechos electorales que le reconoce la Constitución y la Ley, tener residencia efectiva en el país por un período no menor de dos años, estar inscripto en el Registro Electoral, y presentar en el Colegio Electoral el documento de identidad correspondiente.