6Juicio ejemplartizante

Dos juicios ejemplarizantes que implicaron a cuatro acusados se realizaron este miércoles en el Tribunal Municipal Popular de San Antonio del Sur.

 

En el primero de los juicios el tribunal al imponer la sanción a dos acusados determinó que estos se apropiaron indebidamente de productos destinados a la canasta básica y de los insumos enviados a los damnificados por el huracán Oscar en ese territorio.

 

Este caso, estuvo relacionado con el desvío de 62 kg de leche en polvo descremada destinada a una veintena de niños de dos a seis años, de bodegas en los poblados de Acueducto y Puriales de Caujerí. Además de la leche, se encontraron ocultos en el almacén destinado a su custodia 388 paquetes de pasta alimenticia de 1kg que se debían entregar como donativos a consumidores del municipio. El costo económico estimado de los bienes fue de más de 3 mil pesos, pues se trataba de productos subsidiados.

 

Los acusados implicados en este hecho eran trabajadores de la Unidad 642 de la Empresa Mayorista de productos alimenticios y otros bienes de consumo, en su condición de jefe de almacén y jefe de brigada, cuyo almacén se había establecido de forma provisional en la unidad de Beneficio de Café de San Antonio del Sur, debido a los daños provocados por Oscar a la entidad principal.

 

El tribunal, en correspondencia con el artículo 424, apartado 1 del Código Penal y según el marco legal establecido de 6 meses a un año de privación de libertad, impuso al jefe de almacén la sanción de un año de privación de libertad y multa de 200 cuotas de 10 pesos cada una y al jefe de brigada un año de privación de libertad.

 

En el segundo de los juicios, también resultaron sancionados dos acusados que desviaron recursos destinados a la elaboración de alimentos para ayudar en el momento más crítico luego del azote del evento meteorológico antes mencionado.

 

En este acto quedó demostrado que el jefe de la Unidad básica de La Carpa subordinada al restaurante La Cienfueguera, de la ciudad de Guantánamo, vendió por "la izquierda" sacos de harina de donativos, arroz, chícharos y aceite a otro acusado residente en el municipio de San Antonio del Sur, productos que fueron ocupados en una vivienda del municipio costero.

Ante la gravedad de los hechos ambos acusados resultaron sancionados por un delito de apropiación indebida, del artículo 424 apartado 1 que prevé un marco sancionador de 6 meses a un año y se impusieron las sanciones de un año de privación de libertad al acusado trabajador de la unidad referida y al otro a diez meses de privación de libertad.

 

Teniendo en cuenta que estos dos juicios corresponden a hechos cometidos en ocasión de un desastre natural, se aplicó a todos los acusados la agravante del artículo 80, apartado 1, inciso d) del Código Penal, asimismo a todos les fue impuesto las sanciones accesorias de privación de derechos públicos, prohibición de salida del territorio nacional y la prohibición del ejercicio de una profesión, cargo u oficio por el término de la sanción principal atendiendo esta última a las responsabilidades administrativas ostentada por los acusados.

 

A todos los acusados y la Fiscalía, les asiste el derecho de interponer el recurso correspondiente contra la decisión del órgano judicial.

 

En la tramitación de los dos procesos penales se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley del Proceso Penal.

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